El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Orden INT/96/2026, de 12 de febrero, por la que se prorroga automáticamente hasta el 4 de marzo de 2027 la validez de las tarjetas de identidad de extranjero (TIE) expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania que sean beneficiarias de protección temporal en España.
La medida garantiza la continuidad de los derechos de residencia y circulación de estas personas sin necesidad de que deban solicitar nuevas tarjetas o realizar trámites adicionales. Según recoge la orden, la prórroga se aplica de forma automática a todas las tarjetas ya emitidas, evitando así una expedición masiva de nuevos documentos.
Cumplimiento de la normativa de extranjería
La disposición permite a los titulares cumplir con lo establecido en el artículo 209 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 1155/2024.
De este modo, se asegura que las personas acogidas al régimen de protección temporal mantengan su situación administrativa regular mientras persista el conflicto armado en Ucrania.
Validez en el espacio Schengen
El Ministerio del Interior comunicará esta prórroga a las instituciones competentes de la Unión Europea para que sea reconocida por el resto de Estados miembros. Con ello, se garantiza que las tarjetas sigan siendo válidas para el cruce de fronteras y la libre circulación dentro del espacio Schengen.
Exclusiones
La orden no será de aplicación a aquellas personas que hayan renunciado expresamente a la protección temporal.
Con esta decisión, el Gobierno busca ofrecer estabilidad jurídica y administrativa a los ciudadanos ucranianos desplazados, en un contexto marcado por la persistencia del conflicto, al tiempo que simplifica la gestión administrativa y evita la saturación de los servicios de expedición de documentación.

