El tribunal de justicia de la Unión Europea ha dictaminar que no pueden negar prestaciones sociales a un trabajador de otro país de la UE que ha perdido su empelo ni a sus hijos con permiso de residencia para su escolarización de los mismos.
Ver noticia publicada en Europa Press. el 06-10-2020
Entre 2015 y 2016 ocupó varios puestos de trabajo antes de quedarse en paro. El ciudadano polaco encontró empleo en el 2018 y pidió que se les abonara las mismas prestaciones correspondientes al periodo entre junio y diciembre de 2017.